{"id":11865,"date":"2020-05-11T09:32:59","date_gmt":"2020-05-11T07:32:59","guid":{"rendered":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/?p=11865"},"modified":"2020-05-11T09:32:59","modified_gmt":"2020-05-11T07:32:59","slug":"los-erte-por-coronavirus-se-alargan-hasta-finales-de-junio-pero-se-flexibiliza-la-prohibicion-de-despedir","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/los-erte-por-coronavirus-se-alargan-hasta-finales-de-junio-pero-se-flexibiliza-la-prohibicion-de-despedir\/","title":{"rendered":"Los ERTE por coronavirus se alargan hasta finales de junio pero se flexibiliza la prohibici\u00f3n de despedir"},"content":{"rendered":"<p><strong>La obligaci\u00f3n de no despedir no se aplicar\u00e1 a las empresas en riesgo de concurso<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Se facilitar\u00e1 la transici\u00f3n de ERTE de fuerza mayor a ERTE por otras causas<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El Gobierno ha alcanzado un <strong>principio de acuerdo con los agentes sociale<\/strong>s en el marco del <strong>di\u00e1logo social<\/strong> para alargar los <strong>expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo<\/strong> (ERTEs) <strong>hasta el 30 de junio<\/strong>, aunque <strong>el Ejecutivo se reserva el derecho a prorrogar este plazo<\/strong> si persisten restricciones de actividad por razones sanitarias llegada esa fecha.<\/p>\n<p>En concreto, el texto de este preacuerdo, que<strong> podr\u00eda sufrir modificaciones de \u00faltima hora<\/strong> para conseguir el<strong> s\u00ed definitivo de la patronal<\/strong>, contempla <strong>extender hasta el 30 de junio de este a\u00f1o los ERTE<\/strong>\u00a0de fuerza mayor <strong>derivados del Covid-19<\/strong>, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperaci\u00f3n de una parte de la actividad). En este \u00faltimo caso, se se\u00f1ala que, a la hora de reincorporar trabajadores a la actividad,<strong> se primar\u00e1n los ajustes v\u00eda reducci\u00f3n de jornada<\/strong>.<\/p>\n<p>El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, establece que<strong> no podr\u00e1n acogerse a ERTEs de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en para\u00edsos fiscales<\/strong>. Adem\u00e1s, se precisa que las empresas que se acojan a estos procedimientos <strong>no podr\u00e1n repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicaci\u00f3n del ERTE<\/strong>, excepto si <strong>devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas.<\/strong> No obstante, esta limitaci\u00f3n no ser\u00e1 aplicable a las empresas que, 29 de febrero de este a\u00f1o, contaran con menos de 50 trabajadores.<\/p>\n<p>El texto contempla que <strong>las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE<\/strong>\u00a0(que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) <strong>se mantendr\u00e1n hasta el 30 de junio<\/strong>, salvo las de los <strong>fijos-discontinuos<\/strong>, que ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n <strong>hasta el 31 de diciembre<\/strong>. No obstante, el Gobierno tambi\u00e9n se reserva la posibilidad de prorrogar estas prestaciones si as\u00ed lo ve necesario.<\/p>\n<p>Publicidad<\/p>\n<p>De acuerdo con este borrador de Real Decreto-ley, <strong>se facilitar\u00e1 la transici\u00f3n de ERTEs de fuerza mayor a ERTEs por causas organizativas<\/strong>, t<strong>\u00e9cnicas, econ\u00f3micas o de producci\u00f3n<\/strong>. A los ERTEs por causas organizativas, econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas o de producci\u00f3n que se inicien tras la entrada en vigor de este nuevo decreto y hasta el 30 de junio les ser\u00e1n de explicaci\u00f3n las caracter\u00edsticas especiales establecidas en la regulaci\u00f3n del 17 de marzo.<strong> Se permitir\u00e1 adem\u00e1s que estos \u00faltimos se tramiten<\/strong> mientras est\u00e9n vigente un ERTE de fuerza mayor.<\/p>\n<p>Exenci\u00f3n de cuotas con la vuelta a la actividad<\/p>\n<p>La regulaci\u00f3n que se dio a mediados de marzo a los ERTEs por fuerza mayor derivados del Covid-19 establece una<strong> exoneraci\u00f3n de cotizaciones del 75 % para las empresas<\/strong> que a 29 de febrero de este a\u00f1o tuvieran <strong>m\u00e1s de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social<\/strong> y del<strong> 100 % para las que tuvieran menos de 50 trabajadores<\/strong>. En el texto del decreto se se\u00f1ala que <strong>estas exenciones se mantendr\u00e1n en mayo y junio para los ERTEs de fuerza mayor total<\/strong>.<\/p>\n<p>En el caso de ERTEs de fuerza mayor parcial, la empresa, a partir de la fecha de efectos de la renuncia al ERTE, se beneficiar\u00e1 de una <strong>exenci\u00f3n de la cuota empresaria<\/strong>l por los trabajadores que vuelvan a su actividad del<strong> 85 % en mayo<\/strong> y del <strong>70 % en junio<\/strong> en el supuesto de que a 29 de febrero de este su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con m\u00e1s de 50 a dicha fecha, la exenci\u00f3n alcanzar\u00e1 el 60% en mayo y el 45% en junio.<\/p>\n<p>En el caso de los <strong>trabajadores que contin\u00faen con sus contratos suspendidos<\/strong> desde la fecha de efectos de la renuncia al ERTE, <strong>la exenci\u00f3n empresarial ser\u00e1 del 60 % en mayo y del 45 % en junio<\/strong> para empresas de menos de 50 trabajadores, y del 45% en mayo y del 30% en junio para las que tengan m\u00e1s de 50 empleados. Todas estas exenciones podr\u00e1n ser prorrogadas en los mismos t\u00e9rminos o en otros distintos si as\u00ed lo decide el Consejo de Ministros o ser extendidas a ERTEs basados en causas objetivas.<\/p>\n<p>Se flexibiliza el compromiso de de mantener el empleo<\/p>\n<p>Uno de los principales <strong>caballos de batalla<\/strong> de esta negociaci\u00f3n sobre los ERTEs ha sido la<strong> cl\u00e1usula de mantenimiento del empleo<\/strong> asociada a los mismos. La regulaci\u00f3n de mediados de marzo vinculaba las exoneraciones de cuotas de los ERTEs por fuerza mayor derivados del Covid-19 a que las empresas <strong>mantuvieran el empleo durante seis meses<\/strong> desde la fecha de reanudaci\u00f3n de la actividad.<\/p>\n<p>En el borrador del decreto, si no hay cambios de \u00faltima hora,<strong> se flexibiliza esta cl\u00e1usula,<\/strong> aunque no desaparece. Se especifica que <strong>este c\u00f3mputo de seis meses empezar\u00e1 a contar desde la incorporaci\u00f3n al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE<\/strong>, aun cuando \u00e9ste sea parcial o s\u00f3lo afecte a parte de la plantilla.<\/p>\n<p>Este compromiso de mantenimiento del empleo<strong> se considerar\u00e1 incumplido si se despide a cualquier trabajador afectado por el ERTE<\/strong>, aunque con<strong> excepciones<\/strong> (despido <strong>disciplinario procedente<\/strong>, <strong>dimisi\u00f3n<\/strong>, <strong>muerte<\/strong>, <strong>jubilaci\u00f3n<\/strong>, <strong>incapacidad total<\/strong>, <strong>absoluta<\/strong> o<strong> gran invalidez<\/strong> y extinci\u00f3n de un contrato temporal por <strong>finalizaci\u00f3n de su vigencia<\/strong> o por el<strong> fin de la obra<\/strong> o <strong>servicio contratado<\/strong>). En el caso de incumplimiento de esta cl\u00e1usula,<strong> las empresas deber\u00e1n devolver todas las cuotas<\/strong> de las que fueron exoneradas, con recargo e intereses de demora.<\/p>\n<p>Ahora bien, en el texto se especifica que este compromiso de mantener el empleo seis meses despu\u00e9s de reanudar la actividad <strong>no ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a aquellas empresas que tengan riesgo de entrar en concurso de acreedores<\/strong> seg\u00fan los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo 5.2 de la Ley Concursal.<\/p>\n<p>El decreto crea una <strong>comisi\u00f3n de seguimiento tripartita<\/strong> de proceso de desconfinamiento que estar\u00e1 integrada por el Gobierno y los agentes sociales y que se reunir\u00e1 con car\u00e1cter ordinario el segundo mi\u00e9rcoles de cada mes. El objetivo de esta comisi\u00f3n ser\u00e1 el de realizar un seguimiento de las medidas adoptadas en el \u00e1mbito laboral \u00abdurante la fase de excepcionalidad atenuada\u00bb, intercambiar datos y efectuar propuestas.<\/p>\n<p>Sindicatos y patronal llevan el texto a sus \u00f3rganos directivos<\/p>\n<p>El <strong>Comit\u00e9 Ejecutivo de la CEOE<\/strong>, reunido desde las 9.00 horas de este viernes, <strong>ha dado el visto bueno al preacuerdo<\/strong> alcanzado con el Gobierno en la noche del jueves para extender los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTEs) hasta el 30 de junio, han informado a Europa Press en fuentes empresariales.<\/p>\n<p>T<strong>ambi\u00e9n han dado luz verde al acuerdo UGT<\/strong>, que hab\u00eda convocado a su Consejo Confederal para discutir el preacuerdo a las 9.00 horas de esta ma\u00f1ana<strong>, y CCOO<\/strong>, que celebr\u00f3 reuni\u00f3n de su Comisi\u00f3n Ejecutiva a las 11.00 horas.<\/p>\n<p>De este modo, tras el visto bueno de los agentes sociales, el texto consensuado <strong>se aprobar\u00e1 en el pr\u00f3ximo el Consejo de Ministros<\/strong>, que se celebrar\u00e1 el pr\u00f3ximo martes, seg\u00fan han informado a Europa Press fuentes gubernamentales.<\/p>\n<div class=\"col-lg-12 col-md-12 col-sm-12 col-xs-12\"><blockquote class=\"text-left-align\" >\n\t\t<span>En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, <strong>Mar\u00eda Jes\u00fas Montero<\/strong>, y la titular de Trabajo,<strong> Yolanda D\u00edaz<\/strong>, han<strong> agradecido el compromiso de sindicatos y empresarios<\/strong>, quienes han demostrado \u00abestar, como siempre, a la altura de las circunstancias\u00bb.<\/span>\n\t\t<span class=\"author-name\"> <\/span>\n\t\t<\/blockquote><\/div>\n<p>\u00abSe ha confirmado una vez m\u00e1s que los agentes sociales son una <strong>pieza indispensable para el avance social y econ\u00f3mico de Espa\u00f1a<\/strong>\u00ab, ha destacado Montero.<\/p>\n<p>En un comunicado, la CEOE ha apuntado que su Comit\u00e9 Ejecutivo ha decidido este viernes aceptar la \u00faltima propuesta planteada sobre la pr\u00f3rroga de los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTEs) tras las reuniones mantenidas en los \u00faltimos d\u00edas en la mesa de di\u00e1logo social.<\/p>\n<p>No obstante, la patronal ha apuntado que <strong>\u00abhubiese deseado vislumbrar un acuerdo a m\u00e1s largo plazo<\/strong> que hubiera dado seguridad y certidumbre a las empresas y a las personas trabajadoras para acompa\u00f1arlas en el proceso de recuperaci\u00f3n total de la actividad\u00bb.<\/p>\n<p>La regulaci\u00f3n que estableci\u00f3 el Gobierno con la crisis sanitaria facilitaba la presentaci\u00f3n de ERTEs por fuerza mayor y por causas econ\u00f3micas, organizativas, t\u00e9cnicas y de producci\u00f3n. La Seguridad Social inform\u00f3 el pasado martes de que <strong>3,38 millones de ocupados estaban incluidos en ERTEs<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La obligaci\u00f3n de no despedir no se aplicar\u00e1 a las empresas en riesgo de concurso Se facilitar\u00e1 la transici\u00f3n de ERTE de fuerza mayor a ERTE por otras causas El Gobierno ha alcanzado un principio de acuerdo con los agentes sociales en el marco del di\u00e1logo social para alargar los expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTEs) hasta el 30 de junio, aunque el Ejecutivo se reserva el derecho a prorrogar este plazo si persisten restricciones de actividad por razones sanitarias llegada esa fecha. En concreto, el texto de este preacuerdo, que podr\u00eda sufrir modificaciones de \u00faltima hora para conseguir el s\u00ed definitivo de la patronal, contempla extender hasta el 30 de junio de este a\u00f1o los ERTE\u00a0de fuerza mayor derivados del Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperaci\u00f3n de una parte de la actividad). En este \u00faltimo caso, se se\u00f1ala que, a la hora de reincorporar trabajadores a la actividad, se primar\u00e1n los ajustes v\u00eda reducci\u00f3n de jornada. El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, establece que no podr\u00e1n acogerse a ERTEs de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en para\u00edsos fiscales. 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