{"id":14865,"date":"2024-02-12T12:29:15","date_gmt":"2024-02-12T11:29:15","guid":{"rendered":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/?p=14865"},"modified":"2024-02-12T12:29:15","modified_gmt":"2024-02-12T11:29:15","slug":"concluye-el-plazo-de-presentacion-de-propuestas-para-la-reforma-del-despido-por-discapacidad-sobrevenida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/concluye-el-plazo-de-presentacion-de-propuestas-para-la-reforma-del-despido-por-discapacidad-sobrevenida\/","title":{"rendered":"Concluye el plazo de presentaci\u00f3n de propuestas para la reforma del despido por discapacidad sobrevenida"},"content":{"rendered":"<div id=\"#start-scroll\" class=\"srvm-nw__intro\">\n<p>El s\u00e1bado 10 de febrero, concluyo la fase de audiencia p\u00fablica para que se pudieran presentar propuestas al anteproyecto de ley que est\u00e1 elaborando el Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social para reformar la legislaci\u00f3n en materia de despido cuando se reconozca una situaci\u00f3n de invalidez en casos de discapacidad sobrevenida, a fin de que la extinci\u00f3n del contrato no sea la pr\u00e1ctica general en estos casos por parte de las empresas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"srvm-nw__body\">\n<p>As\u00ed, el anteproyecto pretende garantizar que el mantenimiento del empleo de las personas en situaci\u00f3n de Incapacidad Permanente, Absoluta o Total, y Gran Invalidez, sea la primera opci\u00f3n en el sistema espa\u00f1ol de relaciones laborales y, que el despido de estas personas solo se produzca cuando la v\u00eda de los ajustes razonables o el cambio de puesto de trabajo suponga una carga excesiva para la empresa.<\/p>\n<p>La maquinaria de esta reforma del Estatuto de los Trabajadores se puso en marcha este pasado enero por parte del Ministerio de Trabajo con un anuncio de la vicepresidenta segunda y responsable del ramo, Yolanda D\u00edaz, tan solo un d\u00eda despu\u00e9s de que el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE) estableciera que, pese a la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola, no se puede despedir a un trabajador que adquiere una discapacidad tras un accidente laboral sin que antes se realicen \u201cajustes razonables\u201d que permitan que ese empleado pueda seguir en activo.<\/p>\n<p>De esta forma, en su fallo, la Justicia europea rechaz\u00f3 la normativa espa\u00f1ola que establece que el empresario puede poner fin al contrato de trabajo por hallarse el trabajador en situaci\u00f3n de incapacidad permanente para ejecutar las tareas que le incumben en virtud de dicho contrato debido a una discapacidad sobrevenida durante la relaci\u00f3n laboral, sin que el empresario est\u00e9 obligado, con car\u00e1cter previo, a prever o mantener ajustes razonables con el fin de permitir a dicho trabajador conservar su empleo, ni a demostrar, en su caso, que esos ajustes constituir\u00edan una \u201ccarga excesiva\u201d.<\/p>\n<p>CAR\u00c1CTER INMEDIATO<\/p>\n<p>La vicepresidenta segunda se\u00f1al\u00f3 que en ocasiones con el reconocimiento de una invalidez permanente se produce \u201cautom\u00e1ticamente la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral, es decir, el despido\u201d.<\/p>\n<p>D\u00edaz aclar\u00f3 que esta modificaci\u00f3n legal ser\u00e1 \u201ccon car\u00e1cter inmediato\u201d y no se incluir\u00e1 en una reforma general de la regulaci\u00f3n del despido que el Ministerio va a negociar de forma m\u00e1s pausada con los sindicatos y la patronal. \u201cVa a ser una separata dentro de la reforma del despido\u201d, enfatiz\u00f3 la titular de Trabajo.<\/p>\n<p>Y as\u00ed fue, puesto que la fase de consulta p\u00fablica, que concluye este 10 de febrero, se abri\u00f3 el pasado 27 de enero, apenas una semana despu\u00e9s del anuncio de D\u00edaz para hacer esta reforma legal.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n tambi\u00e9n se adopt\u00f3 tras una petici\u00f3n del Comit\u00e9 Espa\u00f1ol de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) quien, precisamente, en esta fase de consulta p\u00fablica ha planteado sus demandas de cara a este anteproyecto.<\/p>\n<p>PROPUESTAS DEL CERMI<\/p>\n<p>La entidad plante\u00f3 que no se pueda producir de forma autom\u00e1tica la extinci\u00f3n del contrato de trabajo por la declaraci\u00f3n de la situaci\u00f3n de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.<\/p>\n<p>Asimismo, destac\u00f3 la necesidad de garantizar \u201csiempre\u201d la voluntad de la persona trabajadora de querer mantener la relaci\u00f3n laboral en la empresa, de modo que, si la persona trabajadora manifiesta su voluntad de no continuar, se operar\u00eda la extinci\u00f3n del contrato. Otra de las propuestas del Cermi fue especificar en la norma qu\u00e9 se entiende por el concepto \u201ccarga excesiva\u201d.<\/p>\n<p>Igualmente, resalt\u00f3 la necesidad de reforzar la compatibilidad entre trabajo y pensi\u00f3n, as\u00ed como regular de forma concreta el concepto de \u201cajustes razonables\u201d para clarificarlo, regular sus contenidos m\u00ednimos, establecer una concepci\u00f3n objetiva, para que sean respetuosas con el principio de igualdad e incentiven la eliminaci\u00f3n de desventajas hacia personas con discapacidad.<\/p>\n<p>En declaraciones a Servimedia, el presidente del Cermi, Luis Cayo P\u00e9rez Bueno, agradeci\u00f3 \u201cla agilidad, rapidez y voluntad pol\u00edtica\u201d del Ministerio de Trabajo para afrontar \u201cun tema enquistado\u201d y que \u201cvenimos pidiendo hace mucho\u201d desde el sector de la discapacidad. A su juicio, es \u201cuna buena decisi\u00f3n\u201d que va en l\u00ednea con cumplir mandatos internacionales y permite avanzar en \u201cjusticia social\u201d.<\/p>\n<p>En este sentido, el m\u00e1ximo responsable de la plataforma representativa de la discapacidad en Espa\u00f1a incidi\u00f3 en que seguir activo laboralmente debe estar sujeto siempre a la voluntariedad de la persona que ha adquirido una discapacidad. Igualmente, defendi\u00f3 que en caso de seguir activa la persona, se establezcan mecanismos para que se pueda dar marcha atr\u00e1s si se produce un empeoramiento en la situaci\u00f3n del trabajador.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, P\u00e9rez Bueno defendi\u00f3 que los empleadores sean \u201cabiertos y flexibles\u201d y que se ofrezca, si fuera preciso, un cambio de funciones, reducci\u00f3n de jornada o facilidad para teletrabajar.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.servimedia.es\/noticias\/manana-concluye-plazo-presentacion-propuestas-para-reforma-despido-discapacidad-sobrevenida\/4323430\">https:\/\/www.servimedia.es\/noticias\/manana-concluye-plazo-presentacion-propuestas-para-reforma-despido-discapacidad-sobrevenida\/4323430<\/a><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El s\u00e1bado 10 de febrero, concluyo la fase de audiencia p\u00fablica para que se pudieran presentar propuestas al anteproyecto de ley que est\u00e1 elaborando el Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social para reformar la legislaci\u00f3n en materia de despido cuando se reconozca una situaci\u00f3n de invalidez en casos de discapacidad sobrevenida, a fin de que la extinci\u00f3n del contrato no sea la pr\u00e1ctica general en estos casos por parte de las empresas. 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