{"id":15162,"date":"2024-09-09T08:57:25","date_gmt":"2024-09-09T06:57:25","guid":{"rendered":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/?p=15162"},"modified":"2024-09-09T08:57:25","modified_gmt":"2024-09-09T06:57:25","slug":"trabajo-obligara-a-cumplir-con-estas-condiciones-para-despedir-a-las-os-trabajadoras-es-con-incapacidad-permanente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alcer.org\/empleo\/trabajo-obligara-a-cumplir-con-estas-condiciones-para-despedir-a-las-os-trabajadoras-es-con-incapacidad-permanente\/","title":{"rendered":"Trabajo obligar\u00e1 a cumplir con estas condiciones para despedir a las\/os trabajadoras\/es con incapacidad permanente"},"content":{"rendered":"<p>El\u00a0<strong>Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social,<\/strong>\u00a0liderado por\u00a0<strong>Yolanda D\u00edaz,<\/strong>\u00a0se ha puesto firme contra el\u00a0<strong><a href=\"https:\/\/noticiastrabajo.huffingtonpost.es\/empleo\/derechos-trabajador\/nuevo-derecho-si-reconocen-incapacidad-permanente-no-podran-despedirte-automaticamente-podras-elegir-que-hacer\/\">despido autom\u00e1tico de los trabajadores con incapacidad permanente<\/a><\/strong>. Recientemente, ha cambiado el art\u00edculo 49.1 de dicha norma para endurecer a los empresarios las condiciones de ese despido. Por eso surge la necesidad de conocer:\u00a0<strong>\u00bfCu\u00e1les son las condiciones que pone Trabajo para despedir a una persona con discapacidad?<\/strong><\/p>\n<p>A efecto pr\u00e1ctico, el Gobierno ha reformado el<strong>\u00a0art\u00edculo 49.1<\/strong>\u00a0del\u00a0<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2015-11430\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener noreferrer\">Real Decreto Legislativo 2\/2015, de 23 de octubre,<\/a>\u00a0por el que se finaliza con esa pr\u00e1ctica y permitir\u00e1 que sea el propio trabajo decida si quiere continuar su actividad en un puesto adaptado dentro de la empresa o prefiere abandonar finalmente el mercado laboral.<\/p>\n<p>Las condiciones de Trabajo para que un empresario despida a un trabajador por cuenta propia<\/p>\n<p>Principalmente, las exigencias de Trabajo pasan por exigir a la empresa que demuestre que las subvenciones,<strong>\u00a0la facturaci\u00f3n y el negocio no son suficientes para mantener al trabajador en plantilla.\u00a0<\/strong>As\u00ed, lo que propone el Gobierno es ver con lupa los rendimientos econ\u00f3micos de la empresa antes de despedir a un trabajador con discapacidad.<\/p>\n<p>Esto significa que, en los casos en los que un trabajador decida que prefiere continuar con su actividad laboral al mismo tiempo que cobra una incapacidad total, absoluta o de Gran Invalidez,\u00a0<strong>el empresario tiene que demostrar a la administraci\u00f3n de Trabajo que cuenta con los recursos econ\u00f3micos suficientes para readaptar ese puesto y mantener al trabajador.<\/strong><\/p>\n<p>En otras palabras, lo que no se quiere es que este sea \u201cuna carga excesiva\u201d para la empresa si su mantenimiento supone una mella para el rendimiento del negocio. En estos casos, s\u00ed que se podr\u00eda dar el despido de las personas con discapacidad.<\/p>\n<p>Criterios para decidir el despido del trabajador\/a o no, por discapacidad<\/p>\n<p>La extinci\u00f3n forzosa del contrato queda sujeta exclusivamente a que los ajustes necesarios para adaptar el puesto de trabajo suponen un \u00abcoste excesivo\u00bb para la empresa.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, establece que, desde esa notificaci\u00f3n del reconocimiento de la incapacidad permanente,\u00a0<strong>el trabajador o trabajadora tendr\u00e1 un mes para decidir si quiere seguir en su puesto.<\/strong><\/p>\n<p>Ser\u00e1 entonces cuando<strong>\u00a0la empresa disponga de tres meses<\/strong>, para adaptarlo a las nuevas necesidades, para cambiar a otra posici\u00f3n o para extinguir el contrato en caso de que concurran los elementos necesarios que permitan acceder a este extremo.<\/p>\n<p>Durante ese\u00a0<strong>periodo de espera<\/strong>, la persona trabajadora percibir\u00e1 la\u00a0<strong><a href=\"https:\/\/noticiastrabajo.huffingtonpost.es\/economia\/la-seguridad-social-da-un-giro-de-180-grados-en-la-baja-laboral-todas-las-novedades-en-vigor\/\">prestaci\u00f3n por incapacidad temporal<\/a><\/strong>, es decir, la baja m\u00e9dica.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/noticiastrabajo.huffingtonpost.es\/economia\/pensiones\/trabajo-obligara-cumplir-condiciones-despedir-trabajadores-incapacidad-permanente\/\">https:\/\/noticiastrabajo.huffingtonpost.es\/economia\/pensiones\/trabajo-obligara-cumplir-condiciones-despedir-trabajadores-incapacidad-permanente\/<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El\u00a0Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social,\u00a0liderado por\u00a0Yolanda D\u00edaz,\u00a0se ha puesto firme contra el\u00a0despido autom\u00e1tico de los trabajadores con incapacidad permanente. 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