Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad avanzada fueron adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1991 (resolución 46/91), en la que se demandó a los gobiernos la incorporación en sus programas
nacionales de los principios de independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad que debían garantizarse para este colectivo.
No obstante, en la actualidad aún no existe una Convención sobre los Derechos de las Personas Mayores que constituya un instrumento universal para la protección de estos derechos, que favorezca una atención completa y garantice su implementación y seguimiento.
En esta línea, los principales tratados internacionales de derechos humanos se aplican sin referencias específicas a las personas mayores. Únicamente dos instrumentos jurídicos internacionales, la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y la
Convención Internacional sobre los derechos de los Trabajadores Migrantes, mencionan la edad como condición personal que no puede justificar discriminación alguna (HelpAge International España, 2019).
En España la Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores denuncia la ausencia de un marco legislativo que garantice la protección de los derechos de las personas mayores. La discriminación por edad continúa teniendo como resultado que las personas mayores experimenten con frecuencia discriminación en el ámbito sanitario, laboral o social, contribuyendo aún más a su fragilidad, vulnerabilidad y aislamiento.
En lo relativo a la promoción y protección de salud en la tercera edad, la Organización Mundial de la Salud (OMS) adoptó en 2016 la “Estrategia y plan de acción mundiales sobre el envejecimiento y la salud 2016-2020: hacia un mundo en el que todas las personas puedan vivir una vida prolongada y sana” en la que instaba a los Estados Miembros a aplicar las medidas propuestas en la Estrategia mundial estableciendo planes nacionales o incorporando esas medidas en los distintos sectores gubernamentales, adaptándolas a las prioridades y contextos nacionales específicos.
La enfermedad crónica en la tercera edad conlleva frecuentemente una situación de discapacidad o dependencia, que no siempre está reconocida legalmente. Tal es el caso del certificado de discapacidad, al que muchas personas de este grupo de edad no logran acceder, quedando desprotegidas tanto ellas como sus familiares que generalmente
ejercen los cuidados informales.