Asamblea General

 

La Asamblea General es el  órgano supremo de gobierno de la Federación Nacional ALCER, está integrada por todas las entidades miembros, por derecho propio irrenunciable y en igualdad absoluta, y adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o a democracia interna.

Los acuerdos de la Asamblea General son vinculantes y obligan a todas y todas  las/los asociadas/os, incluidos las/os ausentes, las/os desidentes  y las/os que aun estando presente se hayan abstenido a votar.

La Asamblea se reunirá en sesión ordinaria, como mínimo una vez al año,  en los seis primeros meses del año.

La Asamblea se reunirá en sesión extraordinaria siempre que sea necesario a juicio de la junta directiva, o por requerimiento de número de socios que represente, como mínimo un diez por ciento del total de las entidades miembro.

Las convocatorias de las asambleas generales, tanto ordinaria como extraordinaria, se harán por escrito, por correo electrónico o correo postal. Los anuncios de la convocatoria se harán al menos con quince días de antelación, como mínimo.

La Asamblea quedará constituida en primera convocatoria de un mínimo de un tercio de las entidades asociadas, presentes o representadas. En segunda convocatoria, se celebrará con cualquier número de socios presentes o representados, media hora después de la primera y en el mismo lugar.

En las reuniones de la Asamblea General, corresponde un voto a cada entidad miembro de la Federación Nacional de Asociaciones ALCER.

Las competencias de la Asamblea General Ordinaria:

  • Aprobar la gestión de órgano de representación, la Junta Directiva.
  • Examinar, aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, y la memoria de actividades.
  • Establecer las líneas de actuación que permitan a la FEDERACION NACIONAL ALCER, realizar sus fines.
  • Disponer las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democrático de la FEDERACION NACIONAL ALCER
  • Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias.
  • Adoptar los acuerdos referentes a:
  • Expulsión de las entidades asociadas, a propuesta de la Junta Directiva.
  • Constitución de confederaciones o de integración en ellas.
  • Solicitud de declaración de Utilidad Pública.
  • Disposición de enajenación de bienes.
  • Remuneración, de los miembros de la Junta Directiva.

Las competencias de la Asamblea General Extraordinaria:

  • La elección y destrucción de los miembros de la Junta Directiva.
  • La modificación de los Estatutos.
  • La disolución de la entidad

La Federación Nacional ALCER, la regirá, la administrará y representará el órgano de representación denominado Junta Directiva la cual estará formada por una/un Presidenta/e, dos Vicepresidentas/es, una/un Secretaria/o, una/un Tesorera/o y cuatro vocales, a una /un de los cuales se le denominará de Juventud.